miércoles, 30 de noviembre de 2016

ASI SE HACE! Ministerio de Industria y Comercio no celebrará actividades festivas en Navidad

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Tomado de El Nuevo Diario
SANTODOMINGO.-El Ministerio de Industria y Comercio (MIC), anunció este miércoles que no celebrará ninguna actividad festiva durante el período de Navidad en solidaridad con la situación de calamidad que padecen cientos de dominicanos como consecuencia de las fuertes lluvias caídas durante las últimas semanas sobre varias regiones del país.


En cambio, el titular de la institución, ingeniero Temístocles Montás llamó a los funcionarios y empleados del MIC a sumarse a las acciones de ayuda y solidaridad que autoridades gubernamentales despliegan en las zonas afectadas y a socorrer a las personas damnificadas con todo lo que tengan disponible.

“Es momento de brindar nuestra solidaridad con las familias que han perdido a sus seres queridos a causa de estas inundaciones o que han sufrido otros daños materiales, en consonancia con la decisión asumida por el Presidente Danilo Medina que ha dado seguimiento a esta tragedia con visitas personales a las zonas en emergencia, dijo Montás en una nota de la Dirección de Comunicaciones del MIC.

“El momento no es para fiestas ni celebraciones, es de solidaridad”, proclamó Montás, al anunciar que en el ministerio de Industria y Comercio al igual que en otras instituciones públicas y privadas no se tiene previsto la celebración de las tradicionales fiestas de Navidad.

Durante los últimos días, el presidente Danilo Medina ha visitado varias de las zonas afectadas en compañía de altos funcionarios del Gobierno para constatar personalmente la situación, escuchando a los damnificados para tomar las medidas de lugar a fin de que procurar la ayuda que necesitan.

Para brindar auxilio a las familias afectadas por las lluvias, el presidente Medina sometió un proyecto de ley que declara 14 provincias en Estado de Emergencia y le otorga facultades extraordinarias para atender los daños ocasionados por los aguaceros y las inundaciones en las provincias dado que constituyen una calamidad pública, conforme al artículo 265 de la Constitución.